La Mujer nicaragüense frente al Poder y al Estado Nación
Por Leonardo González Estrada
Tiene
sus antecedentes jurídicos y políticos en la Constitución Política de 1895, un
nuevo estatuto jurídico a favor de los ciudadanos nicaragüenses que impacta en
la vida de la Mujer.
La
Revolución liberal de 1893 dirigida por José Santos Zelaya, irrumpe en la
historia política y jurídica de los nicaragüenses, como el primer proceso de
organización nacional, de integración territorial, como de derechos
individuales, reconociendo derechos erga omnes a todos.
Es
decir que a finales del siglo 19 se da el primer paso estratégico de soberanía
nacional, establecido en esa Constitución Política, en tanto se reconocen a
todos los nicaragüenses como sujetos de derechos y deberes, no en igualdad de
condiciones porque la mujer aún no participaría la cosa pública, pero si
comienza a ser un actor determinante en las relaciones sociales en todos los sectores
sociales, a pesar de la resistencia del clero católico conservador.
Es
entonces en la Libérrima que se construye el primer cauce en el Estado de
Nicaragua, para que la Mujer sea una persona libre, ya no la alieni juris, es
decir un sub sujeto de derecho y deberes, sino protagonista de su voluntad,
dada y otorgada por esa Revolución. Posteriormente se iba a consumar el gesto
constitucional en la heterogeneidad de los derechos individuales civiles y de
familia en el código civil de 1904, en tanto, aquel Estado conservador antes
del 10 de julio de 1893 había sido abolido, por un Estado no solo liberal sino,
Nacional y plural.
Romper
el estatuto jurídico romano canónico/católico, convierte a la Mujer no en un sujeto emancipado, sino
en otro sui juris, es decir titular de sus derechos, de su voluntad. Ya la
mujer no necesitaba el permiso religioso dogmático, para divorciarse, ni pedir
absolución divina para alcanzar libertad jurídica. La separación del Estado con
la Religión católica significó que, los nicaragüenses deberían transformar su
circunstancia social, en actos de libertad para cada uno, sin discriminar por
cuestiones de sexo, credo religioso ni político.
De
tal manera que, incursionaba Nicaragua en la vida pública para todos, a pesar
de las enormes resistencias de esos tiempos, que conllevaron a
conspiraciones de tipo colonialistas,
provocando los norteamericanos del destino manifiesto y doctrina Monroe, un
golpe de Estado en 1909, así como una invasión militar directa que tuvo su
capítulo genocida en la Barranca y el Coyotepe de Masaya en octubre de 1912,
donde el héroe antiimperialista, un gran jurista liberal, el Magistrado
Benjamín Zeledón, levantó la altives güegüense nuevamente ante el fiero invasor
racista y genocida de Washington.
Ese
golpe de estado e intervención colonialista tuvo implicancias directas para la
mujer nicaragüense, puesto que su nuevo estatuto jurídico no había germinado y
al retornarlo a un Estado oligárquico colonial, la mujer nicaragüense era negada
e invisibilizada nuevamente.
De 1909 a 1979 la mujer es segregada dentro
del Estado, siendo condición común en todos los territorios conquistados por
cualquier imperio. Sin embargo, es en la década de los 50s que algunas mujeres
comienzan a darle alcance político y social a su voluntad, la Doctora María
Concepción Palacios es la primer mujer médico de Nicaragua, quien rompe el
estigma de la mujer conservadora funcional del patriarcado y con los roles
determinados por la iglesia católica, como un real sujeto social, político,
cultural y científico, que aún en el país no admitían dicho aporte.
La
Mujer ha sido una institución del Estado patriarcal oligárquico, pues ésta para
el poder oligárquico -desde Grecia y Roma, Egipto y Persia, de la edad medieval
escolástica a la edad del nuevo mundo capitalista-, ha fungido como la garantía
de las relaciones sociales y de poder de las castas burguesas, legitimadas por
el clero católico o los que monopolizan mitos y el conocimiento.
La
mujer era parte fusionada del derecho de propiedad privada, es decir un derecho
conexo necesario para determinar los derechos económicos tanto del hombre, como
de la familia del pater. Además de la sucesión jurídica de derechos, a partir
del patrimonio de medios y modos de producción que siempre fueron de hombres,
cuya estirpe es la principal en el Estado oligárquico.
De
tal manera que, al constituirse como esa garantía jurídica-económica por todos
los ámbitos dentro del Estado, desde todos sus poderes “legales y legítimos”
como poderes fácticos, la Mujer no participaba ni como protagonista ni como
sujeto de derechos. Tuvo que emprender su propia emancipación por la vía
política, anarquista y feminista contra el Estado oligárquico. La Universidad
pública fungió como escenario locus oportuno para el entorno de las mujeres,
también las mujeres campesinas eran actoras principales de las conspiraciones
que iban a proponer un nuevo Estado Nación, Blanca Arauz es digna representante
de la mujer rural y protagonista, de un proceso político anticolonial y anti
oligárquico, que quedó truncado cuando asesinan a su marido el General Augusto
C. Sandino en 1934.
La
mujer tenía una censura social, que era de índole económico y cultural sistémico.
No podía estudiar en Nicaragua ni las carreras de medicina, derecho,
arquitectura, ingeniería, psicología; tampoco podía participar de manera
directa como representante ni titular de empresas privadas de capitales, frente
al Estado o gobierno de turno.
Hasta
1979 esta condición estructural solo permitía a los hombres, participar en la
actividad económica con el representante del Estado oligárquico, o sea, que a
pesar que en 1952 se había pactado la participación de la mujer en el proceso
electoral por primera vez, eran siempre el pater
family quienes tenían el dominio de la propiedad privada de los medios y
modos de producción como las tierras, empresas y latifundistas; todas estas
figuras nefastas del feudalismo y del capitalismo, legitimaban toda esta
supremacía sobre la mujer, por medio del discurso y simbolismo –instituciones- clérigo
católico, conservador y opresor.
Entonces
la Mujer sujeto social oprimido dentro del Leviatán güegüense- en tanto Estado
oligárquico Somocista desde 1934-, debía emanciparse y las vías cívicas,
formales y convencionales no eran opción. De modo que las guerrilleras del
movimiento político FSLN (iniciado en 1961) comienzan a ser protagonistas
políticos, de la formulación del nuevo Estado con la proyección de género/Mujer
plena. Desde esa gran oportunidad política que se formuló, no como
contradicción política sino, como un conflicto político militar en el Estado,
dicha condición fue propuesta y construida en gran parte por la mujer
nicaragüense. Desde la última etapa de la década de los sesentas y toda la
década de los setentas.
El
Programa histórico del FSLN fundamento
filosófico y político de la Revolución Sandinista identifica al Estado
oligárquico, como lo que social y políticamente se determina un régimen enemigo del pueblo, definiendo como
pueblo a todos los sectores sociales, compuesto por los ciudadanos sujetos de
derechos y obligaciones en igualdad, equidad y libertad político-jurídica, que componen al Estado de Nicaragua. De modo
que, ni sus propios adversarios criollos escapaban de las perversiones
políticas, ni de la actuación criminal y delictiva pública del poder, contra
todos los sectores.
De
tal manera que, dicho manifiesto político se constituye en el programa
emancipador de todos los nicaragüenses, donde la Mujer contribuye de manera
directa, como protagonista orgánica del poder y del Estado, dice el Programa Histórico
que, la Revolución Popular Sandinista establecerá el poder popular, forjará una
Nicaragua sin explotación, sin opresión, sin atraso, una patria libre,
progresista e independiente. He aquí el supuesto político, del futuro de la
Mujer nicaragüense, construido a partir del sensitivo razonamiento de los ciudadanos
Carlos Fonseca Amador, José Benito Escobar y Tomás Borges, fundadores del FSLN
el 23 de julio de 1961.
Mientras
se alcanzaba el nuevo Estado Nación, propuesto en el Programa del FSLN, como
síntesis histórica de la lucha de clases sociales, grupo culturales y géneros,
la mujer debía integrarse en el novedoso movimiento político, conjugándose con
su condición de sujeto dominado dentro de las relaciones familiares
patriarcales y el Estado oligárquico, cuya relación simbiótica determinaban la
ética social de la mujer oprimida. De modo que, era la gran oportunidad de
enfrentar al poder.
Ese
poder era detentado también por condiciones coloniales, el cual persistía en
ese poder conservador y opresor de las clases sociales y totalidad de sectores,
para sujetar la fuerza de trabajo de los nicaragüenses como la tenencia de la
tierra y modos productivos, para un sistema corporativo semi esclavista.
Es
decir, mayor condiciones objetivas y subjetivas no podían tener la Mujer
nicaragüense para determinarse a ser libre o continuar en dicha realidad,
negada y excluida del poder y del mismo Estado. Por tanto, ese 19 de Julio de
1979 revistió y acreditó no solo el programa de Carlos Fonseca Amador, de José
Benito Escobar, de Arlen Siu, de las mujeres del Cuá, de Nora Astorga, también
fue un movimiento abolicionista de las condiciones jurídicas que la constituían
como sujeto de deberes reproductivos, roles sociales y convenciones, sin
autonomía jurídica, social ni política.
De
tal manera, que es la Mujer como actor y protagonista de le Revolución Popular
Sandinista de los nicaragüenses y latinoamericanos, en toda la gesta
revolucionaria política desde sus propios inicios en la década de los 50´s, que
irrumpen en el poder político ya desde las acciones políticas, sociales,
comunitarias, ideológicas, también armadas, en tal sentido, el Estado de
Nicaragua, deja de ser un Estado oligárquico, meramente patriarcal conservador,
y los constituyen en un Estado Nacional, plural, multicultural, es decir, el
poder omnímodo para los hombres, era y será desde ese 19 de Julio de 1979 para
todos, pero con la plena condición de que la Mujer debe estar, ser y participar
en el nuevo poder político que iba a refundar el Estado de Nicaragua.
Después
de 42 años desde aquel épico 19 de Julio, se puede afirmas confirmar, que la
mujer es el sujeto político emancipado, que se incorpora a toda la estructura
del Estado Nación, puesto que las formas patriarcales del poder, eran abolidas.
Es decir, que ya el poder era Popular, donde todas las clases sociales,
sectores y géneros, participaban dentro del FSLN cauce político, que iba a
determinar el nuevo proyecto nación, con una Constitución Política, a partir de
la constituyente devenida de la revolución.
Es
pues para el poder político, en la historia de los Estados Repúblicas de todos
los continentes, una génesis hasta para modelos políticos que sirven de
símbolos para enaltecer procesos democráticos. Para los nuevos movimientos
políticos de Latinoamérica y el Caribe, organizaciones regionales y mundiales,
iba a significar un triunfo político para la Mujer, a nivel de la humanidad.
Para el incipiente sistema de derechos humanos iba a contribuir, a la propuesta
de analizar y proponer otras modalidades del poder político, de la
participación ciudadana y de los movimientos sociales.
Es entonces, el Estado de Nicaragua desde el 19 de Julio de 1979 que le restituye la condición humana integral y digna a la Mujer, lo que hace al pueblo, una sociedad más integrada a partir de la familia, las instituciones, modos y medios de producción, que proponía el gobierno revolucionario sin excluir a ningún nicaragüense. En suma, el poder es democrático, plural, incluyente, diverso y heterogéneo a partir de dicha gesta, sobre todo por el novedoso sujeto político y actor social que iba a proponer el nuevo poder, entendido este desde la organización y participación comunitaria, como en la tenencia de la tierra y participación de la defensa de la soberanía nacional, que implicaba la defensa de su emancipación política, jurídica, social y económica como Mujer.
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