En nombre de la libertad nos quieren arrebatar nuestro derecho a ser soberanos
*Aurora*
En
las últimas semanas se han despertado nuevamente las intimidaciones con
sanciones y aprobación de leyes en el extranjero para normar los asuntos de la
nación, como si tal Nicaragua fuese una estrella más en la bandera de los
Estados Unidos. Estas intimidaciones resultan acciones sin sentido, puesto que
violan el derecho civil, internacional y natural de los seres que habitamos ésta
tierra. ¿Cuál es la jurisdicción del congreso de los Estados Unidos, para
normar a los nicaragüenses? ¿Con qué derecho?
La
iniciativa de Ley de Reforzamiento de las Adherencia de Nicaragua a las
Condiciones por las Reformas Electorales. (Ley Renacer según su siglas en
inglés), fue discutida por los senadores del comité de relaciones exteriores de
la cámara alta de Estados Unidos aprobada por el comité de Relaciones exteriores
del Senado, este martes 22 de Junio en Washington, lo cual no significa que ya
esté en vigencia para su aplicación, pues debe ser aprobada en el pleno del
Senado y posterior firmada por el presidente de EE.UU
Pero,
¿qué contiene esta ley? El punto número 2 de esta ley es el número de la “Ley Renacer con Enmienda”
y se tiene entendido que también los senadores agregarán algo relacionado al
Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (DR-CAFTA) así mismo, este comité
de relaciones exteriores aprobará la ley de autorización de la responsabilidad
de los derechos humanos de la global Magnitsky con una enmienda.
A
como ya sabemos, esta ley establecerá sanciones específicas para según ellos,
lograr avances en las próximas elecciones previstas en Noviembre del 2021.
Puesto que desde su realidad consideran que el actual presidente de Nicaragua
ha incumplido con compromisos que adquirió con la OEA desde antes del 2018, en
la que además se dice que Nicaragua no acató la resolución del organismo
emitida ese mismo año.
A
como podemos observar, RENACER también
tiene como objetivo coordinar sanciones con CANADÁ, y La Unión Europea , reforzar las excepciones
humanitarias y derechos humanos para los préstamos de instituciones financieras
internacionales, y sobre todo ampliar los mecanismos de supervisión sobre préstamos
de dichas instituciones financieras internacionalmente,
Es
decir que esta ley, una de sus estrategias más importantes, no es en sí
únicamente la de sancionar a funcionarios y cercanos de la familia
presidencial, sino también inferir directamente en los préstamos que Nicaragua
pudiese realizar, por lo que ellos estarían en la supervisión para ver si se
realizan o no dichos préstamos, desde mi punto de vista algo así alteraría el
orden institucional de este país, que según la carta Interamericana, misma a la
que está suscrita EE.UU, uno de sus principios es el respeto a la institucionalidad
de los estados, por lo que el gobierno estadounidense estaría violando la carta
y sus principios. No puede ser aceptable aplicar una ley violando otra ley.
El
alcance de RENACER, establece precisamente que serán sujetos a las sanciones
económicas las personas extranjeras que obstruyan directa o indirectamente en
el establecimiento de las condiciones necesarias para la realización de
elecciones libres, justas y transparentes en Nicaragua. Es decir que sólo ellos
como extranjeros, tienen el derecho de intervenir e incidir en las elecciones
nacionales, ya que de no ser ellos cualquier otro ente extranjero será señalado
de obstruir el proceso electoral, adjudicándose a sí mismos el pleno derecho de
ser parte en dichas elecciones.
Los
posibles sancionados pueden ser los funcionarios y familiares del presidente
Daniel Ortega, miembros de la policía Nacional, el Ejército Nacional, y del Consejo Supremo Electoral. Así como
también miembros del partido y funcionarios electos del FSLN y sus familiares.
También
se menciona a personas o entidades afiliadas a empresas involucradas en transacciones
financieras, acciones de funcionarios del gobierno, su partido, o familia. De
igual manera, se dice que otros posibles a sancionar serían las personas o
entidades involucradas en transacciones financieras “corruptas” con “funcionarios
del gobierno” actual.
Este
tipo de leyes realizadas hacia otros Estados violenta por completo los tratados
hechos con organismos regionales, donde se sientan las bases de los principios y propósito que cada país debe
cumplir, siendo los más importantes a tomar en cuenta el promover la paz, el
respeto a la soberanía, independencia, autodeterminación y sobre todo la no
intervención. Así mismo respetar el
derecho de elegir su sistema político y económico, es por ello que podemos observar con precisión
como un vez más Estados Unidos quiere intervenir en los asuntos electorales,
políticos y económicos de Nicaragua.
Sin embargo, podemos hacer un énfasis en como
esta ley de alguna manera pretende realizar presión al sistema político
nicaragüense, además de esto es muy importante reconocer el trasfondo que
contiene esta ley, a como lo son ampliar las restricciones y fiscalizaciones a
préstamos multilaterales del país, donde cada uno de ellos primeramente tendría
que pasar por la supervisión de los préstamos y asistencias que otorgan las
instituciones y organismos internacionales, mismos en los que estados unidos
tiene operarios de su gobierno.
Una
vez más reitero que cada país que goce de soberanía y autodeterminación no
tiene porque ceder a presiones como estas, ya que podemos visualizar que esta
ley pretende controlar nuestra política interna y externa, por lo cual hay que
tener presente que esto repercutirá de forma negativa en la ciudadanía de
Nicaragua, puesto que se nos negarían derechos a todos y todas por asuntos de
diferencias ideológicas entre gobiernos, y que desde el punto de vista del
Derecho internacional es inaceptable, porque se incumple con normas jurídicas
internacionales, pero sobre todo con el principio de justicia y respeto a los
derechos humanos y la autodeterminación.
Es por esta razón que ha resultado pertinente
la creación y aplicación de leyes que resguardan y compensan los ataques a
nuestra soberanía. Uno de los objetivos de la ley 1055 es
la defensa de los derechos del pueblo a la independencia, la soberanía y la
autodeterminación para la paz. Mismos derechos que son garantes de una vida
digna, en todo el sentido de la palabra y de procesos electorales protagonizados
por los nicaragüenses y no por agentes externos.
Fuentes
19 Digital. (21 de Diciembre de 2020). Ley N° 1055 en
Nicaragua fue aprobada con elevada dignidad nacional. Obtenido de
https://www.el19digital.com/articulos/ver/titulo:111287-ley-n-1055-en-nicaragua-fue-aprobada-con-elevada-dignidad-nacional
CONFIDENCIAL . (16 de Junio de 2021). Obtenido de Ley
Renacer Avanza en el Senado de los Estados Unidos:
https://www.confidencial.com.ni/politica/ley-renacer-avanza-en-el-senado-de-los-estados-unidos/
Parísi, K. (22 de Junio de 2020). CNN en Español.
Obtenido de
https:/CNN.cnn.com/2021/06/22/ley-renacer-nicaragua-estados-unidos-orix/
Comentarios
Publicar un comentario